Barça 127 Enero - Febrero de | Page 15

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL FÚTBOL CLUB BARCELONA
Al amparo de lo dispuesto en los artículos 35.4 º y 43 º de los Estatutos del Club, la Junta Directiva, como consecuencia de la finalización del plazo ordinario de su mandato, ha acordado convocar elecciones para la provisión de sus miembros a partir del día 1 de julio de 2026. El acto de votaciones se celebrará el día 15 de marzo de 2026. De conformidad con los artículos 40 º a 54 º de los Estatutos, la elección de miembros de la Junta Directiva del FC Barcelona se ajustará a las siguientes normas:
1 º- Son condiciones para ser elector o electora: a. Ser mayor de edad y no estar legalmente incapacitado. b. Tener una antigüedad mínima como socio o socia de un año. c. No tener suspendida la condición de socio o socia. d. Formar parte del censo electoral vigente de acuerdo con el artículo 47 º.
2 º- Son condiciones para ser elegible: a. Ser una persona mayor de edad y no estar legalmente incapacitada. b. Tener una antigüedad mínima como socio o socia en el momento de convocarse las elecciones de un mínimo de diez años para ser elegido presidente o presidenta y de un mínimo de cinco años para el resto de miembros de la Junta Directiva. c. No tener suspendida la condición de socio o socia en el momento de convocarse las elecciones. d. No haber tenido vinculación con el FC Barcelona, como jugador o jugadora, entrenador o entrenadora, técnico o técnica o empleado o empleada en los dos años anteriores a la convocatoria. e. No haber tenido una sanción disciplinaria por parte del Club, por infracción muy grave, dentro de los cinco años anteriores a la convocatoria de las elecciones. f. Haber presentado la dimisión y cesar en el cargo antes de iniciarse la Fase VI del proceso electoral( presentación de propuestas de candidaturas), en el supuesto de que la persona aspirante a candidata sea miembro de la Junta Directiva o de la Comisión Gestora que haya convocado las elecciones y quiera presentarse a la reelección. g. Formar parte del censo electoral vigente. h. Respecto a la precandidatura a presidente o presidenta, tener vecindad civil catalana.
3 º- El martes 10 de febrero a las 12.00 horas, se celebrará en el domicilio social del Club el sorteo público para designar a las personas componentes de la Junta Electoral y de la Mesa Electoral, que se constituirán, como muy tarde, el día 14 de febrero.
4 º.- Desde el domingo día 15 de febrero hasta el día 19 de febrero, los socios y socias podrán consultar el censo electoral y hacer las comprobaciones que estimen adecuadas a través de la web del Club. De forma presencial, también se podrá consultar en la Oficina del Síndico del Socio( ubicada en la Oficina de Atención al Barcelonista) entre los días 16 y 19 de febrero, en horario de 9 a 18 horas. Las reclamaciones por omisiones o inclusiones indebidas o rectificación de errores deberán solicitarse por medio de un escrito dirigido a la Junta Electoral y presentado a través del formulario de consulta del censo, o bien a la Oficina de Atención al Barcelonista. La Junta Electoral resolverá las reclamaciones que se presenten dentro de plazo y, como muy tarde, el día 22 de febrero se aprobará el censo electoral definitivo, el cual no podrá ser objeto de ninguna modificación durante el resto del proceso electoral.
5 º- A partir del domingo 15 de febrero, las personas aspirantes a candidatas y a la presidencia del Club podrán solicitar por escrito, dirigido a la Junta Electoral, las papeletas oficiales de apoyo editadas y entregadas por el Club. Esta petición se podrá hacer de forma presencial en la Oficina de Atención al Barcelonista el día 15 de 10 a 14 horas y el resto de días en su horario habitual, de lunes a viernes de 9 a 18 horas. Asimismo, también se podrán solicitar por escrito a través de la dirección electrónica juntaelectoral @ fcbarcelona. cat El Club, de conformidad a lo indicado en el artículo 48.3 de los Estatutos, entregará 4.674 papeletas oficiales de apoyo gratuitamente( el doble de las papeletas mínimas que cada aspirante a la candidatura deberá presentar) en un plazo máximo de 36 horas.
6 º- Hasta el día 2 de marzo, a las 21:00 horas, se podrán presentar las propuestas de candidatura para constituirse en miembros de la Junta Directiva del FC Barcelona. Las candidaturas serán cerradas y se votarán en bloque. Junto con la propuesta de candidatura, se deberán entregar un mínimo de 2.337 papeletas oficiales de apoyo editadas por el Club dando el apoyo de los socios y socias a la candidatura en concreto. Los socios y socias firmantes de las papeletas oficiales de apoyo deberán estar incluidos en el censo electoral definitivo aprobado por la Junta Electoral. Cada elector o electora sólo podrá apoyar una precandidatura. Las papeletas oficiales de apoyo que aporte cada aspirante deberán presentarse numeradas y ordenadas por el número de socio o socia de menor a mayor y deberán tener la firma manuscrita en el modelo original facilitado por el Club. Las candidaturas propuestas deberán estar integradas por un número de aspirantes no inferior a catorce ni superior a veintiuno, encabezados por la persona aspirante a la presidencia. Las propuestas de candidatura deberán dirigirse a la Junta Electoral, por escrito y por duplicado, y entregarse a la Oficina de Atención al Barcelonista. Deberán contener los siguientes datos:
- Relación de los nombres y apellidos de cada aspirante y, junto con cada nombre, su firma manuscrita acreditativa de su conformidad. En las personas aspirantes a candidatas deben concurrir las condiciones establecidas en el artículo 42 º de los Estatutos del Club.
- Fotocopias de los carnés de socio o socia de las personas aspirantes a candidatas y de los documentos de identidad, por las dos caras.
- Fotocopia de la documentación acreditativa de la vecindad civil catalana de la persona aspirante a candidata a la presidencia. En la propuesta de la candidatura no se incluirá ninguna referencia ni relación de los diferentes cargos de la Junta, salvo el de presidente o presidenta, que debe corresponder a la persona aspirante a candidata que encabece la relación. Si los y las miembros de la propuesta de la candidatura lo creen conveniente, podrán adjuntar una relación de los datos biográficos y los méritos de las personas aspirantes a candidatas.
7 º- La Junta Electoral comprobará que en los y las miembros de cada candidatura y en los y las firmantes de las papeletas oficiales de apoyo concurren las condiciones que exigen los Estatutos, y que cada candidatura ha presentado el número mínimo de papeletas oficiales de apoyo válidas. Entre los días 3 y 5 de marzo, la Junta Electoral procederá a la proclamación de las candidaturas que tendrán derecho a participar en las elecciones una vez hecha la comprobación y verificación de las papeletas oficiales de apoyo presentadas siempre que se hayan aportado las mínimas necesarias.
8 º- Si sólo se presenta o queda válida una única candidatura, la Junta Electoral proclamará elegidos a sus miembros y dará por finalizado el proceso electoral.
9 º- Si resultan proclamadas varias candidaturas, se iniciará la campaña electoral, que durará desde las 00.00 del viernes día 6 de marzo hasta las 23:59 horas del 13 de marzo. Durante la campaña electoral, los candidatos y candidatas podrán hacer actos de información, promoción o propaganda, tal y como se recoge y se especifica en el dossier que entregará el FC Barcelona a cada candidato o candidata. La Junta Electoral velará para que en sus manifestaciones y actuaciones todos los candidatos y candidatas mantengan el respeto que merecen los y las oponentes y por mantener el principio de igualdad de oportunidades en relación con las instalaciones o los servicios del Club. El Síndico de los Socios enviará la información y publicidad que los candidatos y candidatas quieran dirigir a los socios y socias, mediante los servicios de la Oficina de Atención al Barcelonista.
10 º- El sábado día 14 de marzo será la jornada de reflexión. Se prohibirán desde las 00.00 horas de este día todas las actividades públicas de las candidaturas y no se podrán realizar, ni directa ni indirectamente, actuaciones propias de la campaña electoral, como enganchar carteles, publicar o emitir propaganda a través de los medios de comunicación, o hacer declaraciones o entrevistas.
11 º.- El domingo día 15 de marzo se celebrará el acto de las votaciones desde las 09.00 horas hasta las 21.00 horas en las siguientes sedes electorales:
• Instalaciones del FC Barcelona.
• Girona, Lleida, Tarragona
• Andorra La ubicación de las sedes fuera de Barcelona se hará pública oportunamente.
12 º.- Los socios y socias podrán votar en cualquiera de las sedes electorales habilitadas por el Club al ser el censo único y universal. Las mesas con las urnas estarán organizadas por orden alfabético para que los electores y electoras voten en la mesa donde corresponda la inicial de su primer apellido sin perjuicio de que, tratándose de un censo universal puedan hacerlo en cualquiera de las sedes habilitadas el día de las votaciones.
13 º.- Las papeletas de las votaciones serán editadas por el Club con un formato, papel y color iguales para todas las candidaturas. Para ejercer el derecho a voto, los socios y socias deberán figurar inscritos en el censo electoral definitivo y acreditar su identidad con la exhibición del documento de identidad, carné de conducir y, en el supuesto de personas extranjeras, el pasaporte o NIE, todos ellos originales( no fotocopias). La Mesa Electoral presidirá y controlará el acto de las votaciones, asistida por el Síndico de los Socios.
14 º- Una vez terminado el horario de las votaciones del día 15 de marzo, la Mesa Electoral dispondrá el recuento y el escrutinio de los votos. La Junta Electoral y la Mesa Electoral, conjuntamente, proclamarán la candidatura ganadora.
15 º- La nueva Junta elegida tiene que tomar posesión dentro del día 1 de julio de 2026, y ese día tienen que cesar simultáneamente los y las miembros de la Junta anterior.
16 º- La expiración del mandato, por finalización del plazo ordinario, de la Junta Directiva que resulte escogida se producirá, el 30 de junio de 2031, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.1 de los Estatutos del Club.
Lo que se comunica para conocimiento de todos los socios y socias del Fútbol Club Barcelona.
Barcelona, 9 de febrero de 2026 Por la Junta Directiva del FC Barcelona El Secretario
Josep Cubells i Ribé